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Marcelo Inostroza, presidente de AFUN Bio Bio, por ley Karin: ““Más allá de la sanción, hay que valorar el cambio cultural que representa”

El dirigente de las y los trabajadores de las Corporaciones de Asistencia Judicial si bien advirtió una posible “judicialización” vinculados a la norma que sanciona el acoso laboral y la violencia en el trabajo, valoró que el Estado cumpla su rol de prevención y sancionatorio.

Este 1 de agosto comenzará  a regir la denominada Ley Karin, norma que modifica el Código del Trabajo con el fin de combatir el acoso laboral y la violencia en el trabajo, alineando al país con el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). La normativa honra a Karin Salgado, funcionaria pública de la salud que laboraba en el Hospital Herminda Martín de Chillán, quien se quitó la vida en el 2019, por el constante acoso laboral que sufría.

La ley establece protocolos obligatorios, evaluación de riesgos y sanciones para conductas de acoso, con el objetivo de transformar la cultura organizacional y favorecer entornos laborales seguros.

Consultado sobre el particular en la radio La Discusión de Chillán, el presidente de la Asociación Nacional de Funcionarios de la Corporación de Asistencia Judicial de Bio Bio ( AFUN Bio Bio), Marcelo Inostroza, recordó que la idea de sumar en la legislación el acoso laboral y sexual data de hace mucho tiempo y recién cerca del año 2005  se incorporaron al Código del Trabajo estas definiciones porque antes “mucha gente pensaba que era morboso hacerlo”.

“Más allá de la importancia sancionatoria,  hay que valorar el cambio cultural que representa su promulgación, así como  las  definiciones de prevención, investigación y sanción en su ejecución”, resaltó el también abogado laboralista.

Dentro de sus alcances, la ley Karin permite a quien sufra, por ejemplo, requerimientos sexuales no consentidos, hostigamiento verbal o físico, discriminación basada en género, orientación sexual o identidad de género o amenazas o actos que perjudiquen la situación laboral, entre otras situaciones, denunciar a la Dirección del Trabajo en el caso de particulares, o a la Contraloría cuando se verifiquen en el servicio público.

Al respecto, Marcelo Inostroza comentó que si bien se va a generar una situación compleja de judicialización, esto “es positivo porque va a mover toda la maquinaria del Estado, a través de la justicia”.

“Estos temas tienen que relevarse, tienen que ser parte de la de la acción del propio Estado de ser responsable de una comunidad que pretende tener una relación pacífica al interior de los distintos estamentos, particularmente en el mundo del trabajo donde todas las personas pueden ser afectadas por esta forma de relación anómala”, precisó el dirigente.

Consignar que este martes la Dirección del Trabajo emitió el dictamen indica la forma en que se puede presentar una denuncia cuando entre en vigencia la ley Karin, permitiendo que esta pueda ser por escrito o verbal y por medio del empleador o directamente de la propia DT, debiendo el empleador tomar medidas de resguardo, ya separación de espacios físicos, redistribución del tiempo de jornada y/o entregar atención psicológica temprana al denunciante.

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